jueves, junio 18, 2009

Michoacán: la política tras el “megaoperativo”


Debido más a sus formas que a sus fondos, el “megaoperativo” desplegado en Michoacán tiene ya notables connotaciones políticas, tanto a nivel nacional como en el ámbito estatal. No debería ser así, pero así es. Esta situación, que debiese quedar radicada solo en su naturaleza judicial, ha derivado en un proceso político abierto y de consecuencias inciertas.

Hasta este momento nadie debate ni cuestiona la intencionalidad expresa de la acción, pero la proximidad de las elecciones legislativas de julio próximo, la coincidencia con el desarrollo de las campañas electorales y su notoria empatía con la propaganda proselitista del PAN, el sesgo mediático partidista contra el gobierno perredista de Michoacán (al grado de que en algunos medios se especule con la renuncia de su gobernador), la falta de coordinación interinstitucional, la denunciada violación del Código Federal de Procedimientos Penales en la detención de un funcionario en la sede del Poder Ejecutivo del estado, el formato “plural” con el que se difunde el arraigo de diez presidentes municipales (seis provenientes del PRI, dos del PRD y dos del PAN), por citar solo algunas, son formas que han activado el componente político del operativo hasta el extremo (indeseable, sin duda) de llevarlo a los debates del IFE en el seno de su Consejo General y como tema de la agenda de reuniones partidistas que al menos el PRD y el PRI han protagonizado en Michoacán.

Mal devenir para una historia que debiese transcurrir en forma articulada por entre los cauces legales de las instituciones del Estado y no por los vericuetos de la especulación y el cálculo político.

Pero si esta situación tiene un impacto político nacional, más aún lo tiene en el ámbito estatal. En Michoacán, las secuelas políticas del megaoperativo se han dejado sentir de inmediato y ya se preparan los cauces institucionales de su atención.

Como se sabe, actualmente el estado vive una situación política institucional sui generis. Resultado de la reforma constitucional electoral del 2006-2007 que hará coincidentes las elecciones generales locales con la federal legislativa del 2015, la actual administración de Leonel Godoy transita el segundo cuarto de su mandato, establecido para cuatro años que son los mismos para la también actual LXXI Legislatura Local y los 113 ayuntamientos. Esta situación inédita, que se esperaba generaría incentivos institucionales para la cooperación, ha resultado en cambio en diversas disonancias y desencuentros entre un poder ejecutivo estatal y sus contrapartes legislativas y municipales que no serán renovadas a la mitad de su administración, como ocurre en la federación y el resto de las entidades federativas con las así y mal llamadas elecciones “intermedias”.

Por ello, el hecho de que casi el 10% de las presidencias municipales del estado se encuentren acéfalas y que la administración estatal esté expuesta a la circunstancia de tener a su ex procurador y una veintena de servidores públicos sujetos a un proceso judicial que aún nadie acaba de definir, expone a la vida política del estado a una enorme tensión. Más aún debido a la coincidencia de los procesos judiciales con el proceso electoral federal que, simbólica y políticamente, viene a hacer las veces de la elección intermedia que Michoacán no tendrá en esta ocasión y que suele servir para medir la correlación de fuerzas partidistas en anticipación de las siguientes elecciones generales estatales.

La forma en cómo esta tensión podrá aliviarse aún no está clara ni lo estará hasta en tanto no se resuelva la condición jurídica de los ahora detenidos, particularmente de los munícipes y el Procurador, pero también del resto de los servidores públicos a quienes el Gobernador Godoy ha anunciado que reinstalará si son declarados inocentes.

Para que el Procurador pudiese ser sustituido (aunque como ya se dijo, todos los actualmente presuntos implicados pueden ser reinstalados) se requiere primero su ausencia definitiva para que el Gobernador presente sus propuestas al Congreso Local para su designación. Algo similar ocurre con las presidencias municipales acéfalas. La legislación michoacana dispone que si la ausencia del Presidente Municipal transcurre entre uno y quince días, el Secretario del Ayuntamiento asume sus funciones, previa instrucción del Presidente ausente. Si la falta ocurre entre los 15 y los 30 días, entonces el Cabildo deberá designar al Síndico. Pero si la ausencia es definitiva el Congreso Local deberá designar un sustituto, mecanismo éste que no necesariamente garantiza la mejor solución institucional como lo muestran los recientes casos de Buenavista, donde el Congreso designó a la viuda del munícipe asesinado, o el de Maravatío donde ante la inegibilidad declarada del Presidente Municipal, el sustituto decidió designarlo como Secretario del Ayuntamiento como primera medida de su gestión.

De esta forma, la dimensión política del proceso judicial adquiere una relevancia que sería deseable no tuviese y entra en una incertidumbre que en nada ayuda al proceso institucional.

(Artículo de opinión elaborado a petición de la página editorial del periódico El Universal)

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